- REGISTRO DE PAGO PARA RETIRO DE CARNET DE EXTRANJERIA (IRCE)
¿Quiénes deben solicitar un IRCE y en qué momento se solicita?
Aquellos que por primera vez solicitan carné de extranjería y aquellos que han tenido en otra oportunidad carné de extranjería y cuentan con un trámite de Cambio de Calidad Migratoria Aprobado.
¿Qué se requiere?
Debera:
- Cancelar en el Banco de la Nación por derecho de trámite.
- Encontrarse dentro del territorio nacional y en situación migratoria regular.
- Cambio de Calidad Migratoria aprobada.
- El pago por derecho de trámite es S/. 49.90 Soles en el Banco de la Nación ó atravez de la plataforma de pagalo.pe.
IMPORTANTE:
- Recuerde que su pasaporte o documento de identidad debe estar vigente, caso contrario no podrá realizar ninguna actividad con el Carné de Extranjería que se le emitirá.
- Recuerde que para realizar su pago previamente en el Banco de la Nación, debe usar el mismo documento de viaje que usó para la solicitud de su Cambio de Calidad Migratoría.
- Recuerde verificar sus datos correctamente, pues serán los que se impriman en su Carné de Extranjería, caso contrario tendrá que proceder a tramitar su duplicado de Carné con modificación de datos y asumir el costo del mismo segun el TUPA.
- PERMISO PARA FIRMAR CONTRATOS (PARA APERTURAS DE CUENTAS BANCARIAS)
¿Quiénes deben solicitar un PEFC y en qué momento se solicita?
Pueden solicitar PEFC los ciudadanos extranjeros Turistas y Estudiantes que requieran suscribir documentos ante una entidad pública o privada dentro del país. Este permiso contará con un plazo máximo de 30 días, dependendiendo del plazo máximo de permanencia del ciudadano.
¿Qué se requiere?
Debera:
- Cancelar en el Banco de la Nación por derecho de trámite.
- Encontrarse dentro del territorio nacional y en situación migratoria regular.
- El pago por derecho de trámite es S/. 16.00 Soles en el Banco de la Nación.
- Recuerde que su pasaporte o documento de identidad debe estar vigente.
- Recuerde que debe usar el mismo documento al realizar su pago previamente en el Banco de la Nación.
- Recuerde que el trámite debe gestionarse con el documento con el que ingreso al país.
- Tener en cuenta el ingreso correcto de sus datos personales.
- PERMISO ESPECIAL DE VIAJE
¿Quiénes deben solicitar un AEP y en qué momento se solicita?
Deben solicitar un AEP los ciudadanos extranjeros que requieran salir del país y se encuentren tramitando su Cambio de Calidad Migratoria o Prórroga de Residencia por un periodo de treinta (30) días calendario. Dicho servicio debe solicitarse previamente a su viaje, a fin de no perder el trámite iniciado.
¿Qué se requiere?
Deberá:
- Cancelar en el Banco de la Nación por derecho de trámite
- Precisar la fecha de salida del país.
- El pago por derecho de trámite es S/. 29.40 Nuevos Soles.
- Si su hora de salida del país es entre las 00:00 horas y las 03:00 am, se recomienda generar su Autorización de Estadía fuera del País considerando un día anterior.
- Se sugiere realizar este trámite 48 horas antes de su viaje.
- El permiso se otorgará por 30 días calendario a partir de la fecha de salida del país que usted señale. En caso de exceder los 30 días del permiso autorizado, perderá el trámite que se encuentre pendiente, según corresponda.
- El Autorización de Estadía fuera del País otorgado, solo es válido para ser utilizado una vez, posteriormente podrá volver salir del país tramitando un nuevo permiso.
- PRORROGA DE PERMANENCIA EN LINEA
¿Quiénes deben solicitar una PRPL y en qué momento se solicita?
Pueden solicitar la PRPL sólo aquellos extranjeros que cuenten con la Calidad Migratoria de Turista vigente al momento de iniciar el trámite en línea, y que tengan menos de 183(*) días de permanencia en el transcurso de un año.
No podrán solicitar el tramite PRPL los extranjeros que cuenta con su permanencia vencida.
(*) El tiempo está sujeto a lo indicado en los convenios internacionales suscritos con el Perú.
¿Qué se requiere?
Para poder gestionar el trámite de Prórroga de permanencia el administrado deberá:
- Contar con un ingreso regular al Perú.
- Contar con una permanencia vigente.
- Llenar correctamente los datos que solicita el formulario de la página web de MIGRACIONES.
- Contar con recibo de Pago del Banco de la Nación por concepto de Prórroga de Permanencia.
Nota: Deberá gestionarlo con el documento de viaje con el cual ingreso al país.
- La tasa que se debe pagar en el Banco de la Nación es de S/11.70 Soles.
IMPORTANTE
- Los extranjeros que ingresen al Perú con calidad migratoria de turistas podrán tener una permanencia máxima de 183 días en el transcurso de un año. La Prórroga de Permanencia no podrá exceder ese plazo.
- Recuerde que su pasaporte o documento de identidad debe estar vigente.
- DUPLICADO DE PTP Y CARNET DE EXTRANJERIA
¿Cuándo se realiza?
Podrán realizar el trámite de DUPLICADO EN LÍNEA, en el caso de:
- CE: Por pérdida, robo, deterioro o vencimiento del carné.
- PTP: Por pérdida, robo o deterioro del carné.
¿Quienes pueden realizar el trámite de Duplicado?
Las personas extranjeras mayores de edad que cumplan con los requisitos para el trámite en línea y de recojo.
Requisitos para el trámite en línea
- Recibo de pago del Banco de la Nación según concepto.
- Poseer vigente la residencia o permiso temporal.
- Trámites sólo para mayores de edad.
- Ingreso regular al país.
Requisitos para el RECOJO
- Constancia de Duplicado en Línea.
- Exhibición del documento de viaje o Constancia de Identidad.
- Denuncia policial por pérdida o robo del Carné.
- Entrega del carné PTP en caso de deterioro o Entrega del carné Extranjeria en caso de deterioro o caducidad.
¿Cúanto es el costo por el trámite de Duplicado?
Concepto | Monto S/. | Cód. Banco |
Duplicado de Carné de Extranjería | 49.00 | 01873 |
Duplicado de Carné De Permiso Temporal De Permanencia | 41.90 | 01875 |
Nota: La persona extranjera podrá seleccionar el lugar de recojo
En caso el carné esté próximo a vencer, considerar la cantidad de Días hábiles para el recojo antes de la fecha de vencimiento:
Concepto | Lima | Provincia |
Carné de Extranjería | 03 días | 11 días |
Duplicado de Carné de Permiso Temporal De Permanencia | 03 días | 11 días |
- ACTUALIZACIÓN DE DATOS MIGRATORIOS
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- En virtud a lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 000234-2019-MIGRACIONES, se dispone la actualización obligatoria y permanente de la información correspondiente a cargo de los ciudadanos.
- Conforme al artículo 3° Precisar que la falta de actualización de la información proporcionada por los ciudadanos extranjeros dará lugar al inicio de las acciones de verificación; y de corresponderle sanción por parte de la Superintendenca Nacional de Migraciones, en el marco del Decreto legislativo N° 1350, Decreto legislativo de Migraciones, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2017-IN.